- Las razas calificadas como potencialmente peligrosas son: Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffodshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu y las que presenten todas o la mayoría de las siguientes características:
- Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
- Marcado carácter y gran valor
- Pelo corto
- Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
- Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas.
- Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
- Cuello ancho, musculoso y corto.
- Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
- Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
- Las razas catalogadas como Perros Potencialmente Peligrosos (PPP) deberán circular, según establecen las leyes,( Sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos aplicamos el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999 de 23 de diciembre) con una persona mayor de edad, con aptitud idónea para ejercer el control necesario en cada caso, correa de menos de dos metros de longitud y no extensible que permita el dominio sobre el animal en todo momento, así como un bozal homologado y adecuado para su raza, que impida la apertura de la mandíbula para morder. Asimismo, el personal de Seguridad del centro podrá requerirle que muestre la licencia pertinente.